A 19 años de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final

En 2003 el Senado convirtió en la ley la anulación de las leyes que impedían que se juzgue a los mandos inferiores de las Fuerzas Armadas responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar.

La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación recordó este domingo el 19° aniversario de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que permitió juzgar a los mandos inferioes de la Fuerzas Armadas responsables de delitos de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura militar, y destacó que "fue una de las primeras políticas de Memoria, Verdad y Justicia impulsadas por el presidente Néstor Kirchner".

"El 21 de agosto de 2003, el Senado de la Nación convirtió en la ley la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que impedían que se juzgue a los responsables de los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar", publicó el organismo en Twitter.

En el mensaje se destacó que "la Ley 25.779, promulgada en septiembre de 2003, fue una de las primeras políticas por Memoria, Verdad y Justicia impulsadas por el presidente Néstor Kirchner".

El organismo que conduce Horacio Pietragalla destacó que, de esa manera, "se abría una nueva etapa en la historia argentina, poniendo fin a décadas de impunidad".

El por qué de la Obediencia Debida y Punto Final

Desde la Quinta presidencial de Olivos, el presidente Raúl Alfonsín argumentó sobre el envío al Congreso de la Nación del proyecto de Ley de Obediencia Debida.

En el comienzo de su exposición, el primer mandatario se refiere a los sucesos acaecidos entre el 16 y el 20 de abril -el levantamiento militar carapintada y la defensa de la democracia por parte del pueblo "en las calles"- y subraya que el país estuvo "al borde de la guerra civil".

Asimismo, caracteriza esos días como "una síntesis de más de medio siglo de historia argentina", de "desencuentro entre civiles y militares", de golpes de Estado, de "cultura de la ajuridicidad" y de "la acción directa" -agravada con la aparición del terrorismo-; en los que "la sociedad en su conjunto también tuvo una gran responsabilidad".

Aún así, y luego de esta reflexión, Alfonsín asume, como presidente de la Nación y como comandante en jefe de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), el compromiso de impulsar "una nueva concepción sobre el papel militar", dado que aquella "sociedad débil" y "dividida", que solía apelar al "mesianismo" como solución mágica, tras los hechos de la última Semana Santa, "no existe más".

En este sentido, el presidente propone, como un "paso definitivo hacia la pacificación", "una profunda transformación y modernización" de las FF.AA., en el camino de su "reconciliación" con la sociedad argentina. Al respecto, aclara que los Juicios a las Juntas y las condenas a los máximos responsables simbolizan "el punto final en la Argentina"; y agrega que con aquellos Juicios lo que se pretendió fue "juzgar hombres y no instituciones"; en base a la ley y no a un tribunal popular.

Seguidamente, Alfonsín afirma que, más allá de que con este proyecto de Ley "quienes pueden haber sido autores materiales de hechos gravísimos pueden quedar en libertad" (...), "la responsabilidad penal de las violaciones a los derechos humanos corresponde antes que nada legalmente a quienes concibieron el plan, su metodología aberrante, y pusieron en marcha su ejecución".

Referente a esto, reitera que la impunidad en la Argentina ha concluido, "desde los Juicios y las condenas de los responsables"; unido al conocimiento público de cómo y qué ocurrió en los años de la dictadura cívico-militar.

Posteriormente, el primer mandatario puntualiza que la Ley enviada al Congreso "precisa las responsabilidades de quienes intervinieron en la represión del terrorismo en función de la legislación vigente al momento en que se produjeron los hechos" y presume que "los mandos inferiores de las FF.AA. actuaron en cumplimiento de las órdenes emanadas de la superioridad".

Asimismo, explica que la mencionada Ley excluye de esta presunción de obediencia debida "la comisión de los delitos de sustitución de estado civil, sustracción u ocultación de menores, y violación y usurpación de la propiedad". Por último, Alfonsín agrega que, junto a esta nueva legislación, se propone la reforma del Código de Justicia Militar, especialmente de su Artículo 514, referido a la obediencia y la disciplina castrense.

(Télam / Archivo de Radio y Televisión Argentina)

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