LAPRIDA

Condenan a un ex comisario por balear a un automovilista en una persecución

La víctima cargó combustible en Olavarría y escapó sin pagar El caso ocurrió en junio de 2002 en el cruce de las rutas 51 y 76. El ex policía era titular de la Seccional de Laprida. Fue condenado a seis meses de prisión en suspenso y lo inhabilitaron por un año para portar armas y ejercer cargos públicos.

Un ex comisario de la policía bonaerense fue condenado en un juicio oral a seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación de un año para portar armas y ocupar cargos públicos, por haber baleado en junio de 2002 a un azuleño que cargó combustible en Olavarría y escapó por la Ruta Provincial 51. El incidente se produjo en el cruce con la Ruta 76, adonde llegó el automovilista perseguido por varios móviles policiales.

La audiencia se desarrolló en el Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Azul, a cargo del doctor Aníbal Norberto Alvarez, quien se pronunció en favor de la condena al imputado, identificado como Mario Javier Pita (52 años), oriundo de Capital Federal.

El ex comisario fue hallado autor del delito lesiones graves culposas, por lo que los seis meses de prisión en suspenso que le fueron impuestos por este caso implicaron que, "como pauta de conducta", por el plazo de dos años tenga que someterse al cuidado del Patronato de Liberados, tal como habitualmente ocurre en casos donde las condenas que se aplican son de ejecución condicional.

Voceros judiciales mencionaron que la defensa del ex policía anunció que apelará esta decisión de primera instancia ante el Tribunal de Casación Penal bonaerense, por lo que el fallo no está firme.

Debido a que el autor de los disparos haya sido "un oficial de alta graduación y titular de una dependencia policial", para el juez que intervino en este debate fue un agravante a la sanción que finalmente se impuso.

Persecución y disparos

El hecho ocurrió en el partido de General La Madrid el 19 de junio del año 2002, cuando alrededor de la hora 1.45, en cercanías del cruce de las rutas 51 y 76, el ex comisario Pita (entonces titular de la comisaría de Laprida) "efectuó varios disparos con una pistola 9 milímetros" contra una Fiat Fiorino que conducía Juan Carlos Albanese.

Los balazos fueron efectuados para que el conductor se detuviera "ya que presumiblemente había cometido un ilícito en la ciudad de Olavarría, por lo que era perseguido por diversos móviles policiales de distintas reparticiones, habiendo sorteado los controles dispuestos por las mismas", planteó el juez.

Dos de los disparos hirieron a Albanese en diferentes partes de su cuerpo, lesiones que fueron consideradas de carácter graves "en virtud de haber puesto en peligro la vida de la víctima y de inutilizarla laboralmente por más de un mes", indicó la resolución.

Para dar por acreditada la autoría del ex comisario, se tuvieron en cuenta las declaraciones de testigos (todos policías), de la víctima y del propio imputado.

A modo de conclusión del caudal de testimonios el juez entendió que todo comenzó aquel día cuando la víctima "habría cometido un ilícito -consistente en cargar combustible y retirarse sin pagar- en una estación de servicio de Olavarría. Que como consecuencia de ello, y en virtud de que el playero de la misma habría manifestado que lo ''habían asaltado'', es que se inició la persecución de la camioneta que conducía Albanese, quien logró esquivar los distintos controles policiales que se montaron para interceptarlo".

"Si bien -agregó el magistrado- el relato de la víctima en el curso del debate ha sido reticente y mendaz, ya que negó haber ingresado a Olavarría, cometido allí un ilícito, escapar a la persecución policial y esquivar los controles camineros, alegando que había sido encerrado por otros dos vehículos de los cuales intentaba escapar; lo cierto es que sus dichos sí resultan creíbles en relación a que resultó herido en el lugar donde finalmente detuviera la marcha de su automotor".

"Este dato aparece como de decisiva importancia para individualizar al autor de los disparos que lo hirieran".

De ese modo, analizando las declaraciones de los funcionarios policiales, "y no obstante la notable reticencia y falta de compromiso de los mismos, que en todo momento han dado la impresión de declarar menos de lo que efectivamente sabían, se advierte que los móviles de Seguridad Vial de General La Madrid, de Olavarría Segunda, de Santa Luisa y de Laprida arribaron al lugar del hecho con posterioridad" a que lo hiciera el vehículo en el que circulaban Pita y un chofer. "Ello concuerda con lo declarado por Albanese respecto a que el primero que bajó del vehículo y se dirigió hacia él fue el imputado Pita".

"Esta circunstancia permite arribar a la conclusión de que los disparos que determinaron que Albanese detuviera la marcha de su vehículo, inmediatamente después de que resultara herido, fueron efectuados desde el vehículo en el que transitaban el causante" y su chofer.

"Acreditada la autoría del causante en el suceso y dado que se le ha atribuido un obrar culposo, considero que el mismo puede extraerse de la imprudencia del imputado quien, si bien en el cumplimiento de su deber se encontraba obligado a tratar de detener el vehículo en el que transitaba el presunto autor de un ilícito, debía hacerlo extremando los recursos para evitar ocasionar un mal mayor, consistente en dar muerte o herir de gravedad al mismo, de quien no existía constancia alguna de que pudiera encontrarse armado", indicó el doctor Alvarez.

Y agregó que "dado que el hecho fue cometido con un arma de fuego y ocupando el causante un cargo público que lo obligaba a actuar con extrema prudencia, corresponde imponerle, como pena accesoria, por el término de un año, la de inhabilitación especial para portar armas y ocupar cargos públicos".

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