LAPRIDA

Condenan a un hombre por un homicidio en Laprida

Por exceso en la legítima defensa Para los jueces, intentó defenderse cuando un grupo de personas quiso entrar a la casa donde estaba durmiendo. Aunque se aclaró que podría haber disparado a otra altura y así evitado alcanzar a la víctima.

Un joven de 29 años fue condenado en un juicio oral y público que terminó ayer a tres años y cinco meses de prisión por haber cometido un homicidio "con exceso de la legítima defensa privilegiada", el 20 de junio del año pasado alrededor de las cinco de la mañana en Laprida, en un hecho que tuvo como víctima al ex futbolista Aldo Serafín Ramos.

El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Azul, integrado por los jueces Gustavo Borghi, Martín Céspedes y Joaquín Duba (votaron en ese orden), recayó en Diego David Rivero y también ordenó investigar a dos testigos que declararon en el debate por la posibilidad de que hayan incurrido en el delito de "falso testimonio".

Al evaluar los hechos, los jueces consideraron probado que el 20 de junio de 2010, entre las 4.45 y las 5, Rivero dormía en una vivienda ubicada en Moreno Nº 987 de Laprida cuando disparó desde el interior de la finca a través de una cortina de tela que cubría una puerta. Ese proyectil impactó "en el cuerpo de Aldo Serafín Ramos, quien había llegado hasta ese lugar motivado por un conflicto previo con Saúl Oscar Arias, quien vivía en ese domicilio" y provocó "una hemorragia masiva y un shock hipovolémico que le ocasionaron la muerte", explicó el fallo.

Esta situación, destacaron los magistrados, fue reconocida "incluso por el propio acusado, centrándose la discrepancia de las partes acerca de las circunstancias motivadoras del mismo".

Y, en ese sentido, se avaló la declaración del propio imputado al referirse exclusivamente a las circunstancias que rodearon el homicidio, ya que nada tuvo que ver con el primer incidente ocurrido fuera de un baile que se hizo en el Centro Recreativo de Laprida, donde Ramos fuera herido con un destornillador por Saúl Arias.

Rivero señaló que en la madrugada del 20 de junio del año pasado, alrededor de las 2, se encontraba en la casa de Saúl Arias, apodado "El Pepón", y decidió acostarse. Entre las 4.30 y las 5 Rivero estaba dormido y escuchó "ruido, patadas en la puerta, pedradas en la ventana" y "vidrios de la puerta de ingreso que se rompían".

Cuando miró vio que "estaban derribando la puerta y que a la misma la estaban sacando de la pared". Atemorizado, gritó "¡qué pasa loco!" y tomó un revólver que se encontraba en un cajón de la mesa de la cocina. Con el arma en su mano advirtió, "voy a tirar un tiro", pero las patadas y las pedradas continuaban impactando sobre la puerta y la ventana.

Entre las sombras pudo distinguir que "había por lo menos de cuatro a seis personas afuera", las cuales le gritaban "salí, salí de ahí", y al ver que trataban de derribar la puerta "muy asustado, efectuó un disparo en la oscuridad hacia delante, no pudiendo especificar dirección exacta".

Pasados "un par de minutos", los desconocidos se marcharon del lugar. Rivero admitió que "se quedó temblando en el lugar", se explicó en el fallo.

Entre cinco y diez minutos después llegó al lugar un hombre, que Rivero no conocía, acompañado por una chica que supuso era la hija por como se dirigía hacia él, quien "pegó dos palazos y terminó de desamurar la puerta en un costado".

Allí Rivero aclaró que "yo no tengo nada que ver... ¿qué pasa?" y allí la chica le dijo a su padre "éste no tiene nada que ver, vámonos". Cuando ambos se marcharon, el acusado trabó la puerta con una silla y luego salió "por la puerta del costado corriendo hacia los fondos de la vivienda".

Durante una hora y media o dos "permaneció a unos cincuenta metros de la casa de Pepón, asustado y luego, al ver que no regresó nadie a la casa volvió". Frente a la casa había una moto Zanella de 50 cc. Dejó el arma donde la había hallado, en el cajón de la mesa, agarró un taladro de su propiedad y trató de marcharse en la moto, pero no la pudo arrancar. La habían dejado tirada en el piso, golpeado y con los cables arrancados, por lo cual la llevó de tiro hasta la casa del padre del "Pepón" Arias. Cuando se encontró con esa persona le avisó que varias personas habían atacado la casa y que él había disparado una vez con el arma.

Como el padre del "Pepón" Arias no le prestó la bicicleta que le pidió, Rivero se fue caminando hacia lo de su madre. A las tres cuadras fue interceptado por policías que lo interrogaron sobre una pelea que se produjo a la salida del baile realizado en el Centro Recreativo, entre Aldo Ramos y uno de los hermanos Arias.

Respondió que no sabía nada y siguió su camino. Ya en el mediodía del domingo fueron a verlo "Pepón" Arias, su padre y la hermana y le revelaron que el disparo que había efectuado había herido en el pecho al "Topo" Ramos.

Los dichos de Rivero fueron avalados por diversos testigos, entre ellos personal policial que intervino en la instrucción de las primeras actuaciones.

El Tribunal evaluó que "luego del ataque recibido en el que fue herido con un arma blanca en dos partes de su cuerpo, Aldo Serafín Ramos se encontraba con una muy acentuada afectación emocional, lo cual posee importancia porque explica la actitud de violencia luego asumida en la casa donde se hallaba pernoctando el acusado".

Y, al mismo tiempo, se destacó que la víctima no quiso hacer la denuncia por las heridas que le causaron con el destornillar, amenazando con que "él se iba a encargar de agarrarlos", algo que descarta que pudiera haber habido algún tipo de "provocación" por parte de Rivero "ya que no hubo contacto alguno entre ellos".

Finalmente, al entender que el acusado fue autor del delito de "homicidio agravado por el empleo de un arma de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa privilegiada", los jueces impusieron la pena de tres años y cinco meses de prisión. El fallo respondió a que para el Tribunal, si bien "no cabe duda alguna" sobre que Rivero disparó para evitar que ingresaran a la casa donde estaba en las circunstancias descriptas, "debió haber adoptado una vía alternativa que fuera menos dañosa o peligrosa al disparo concretado a esa altura de la puerta".

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